FORMULARIO DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE COPRODUCCIÓN INTERNACIONAL

PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Quién puede presentarse a solicitar el reconocimiento de coproducción ante el INCAA?

Toda persona jurídica o física/humana inscripta como productora en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual (RPACA) y en INCAA en Línea.

  • ¿Cómo hacés para presentar una Solicitud de Reconocimiento de Coproducción Internacional ante el INCAA?

Completás el formulario correspondiente en https://extranet.incaa.gob.ar/, lo descargás, realizás la presentación y generás el expediente en https://tramitesadistancia.gob.ar en “Solicitud de Reconocimiento de Coproducción Internacional”. Todas las presentaciones posteriores tendrás que hacerlas en INCAA en Línea.

  • ¿Qué pasa si quiero solicitar, incorporar o modificar información del formulario Solicitud de Reconocimiento de Coproducción internacional?

Debo realizarlo a través de INCAA en Línea en: Presentaciones–> Nueva Presentación–> Etapas del proyecto–> Título del proyecto–> Crear nuevo–> Selección del hito*–> Selección de proyecto–> Descripción–> Documentación adjunta (si corresponde) –> Finalizar y presentar.
*“Solicitud de pedido de trámite, incorporación y/o modificación del Formulario de Reconocimiento de Coproducción internacional”.

  • ¿Cuáles son los requisitos para solicitar el reconocimiento de la coproducción internacional ante el INCAA?

Podés consultar los recaudos generales de presentación consignados en el artículo 11º del Anexo I de la Resolución INCAA N° 1-E/2017 junto con los consignados en el Acuerdo o Tratado Internacional marco que se aplica al acuerdo que vas a firmar con la o las coproductora/s.

  • ¿Existe un modelo de contrato para descargar?

Se trata de un acuerdo entre privados. Hay contenidos mínimos que al momento de celebrar el contrato deben tener en consideración las coproductoras:
-fecha de suscripción;
-título del proyecto;
-porcentajes participativos de las partes en forma claramente delimitada y expresada;
-acuerdo internacional que los va a regir;
-idioma en que van a realizar la coproducción;
-lugar de rodaje;
-presupuesto discriminado por rubros en la moneda que determinen los coproductores y en pesos argentinos que reflejen el porcentaje de participación de cada uno de ellos;
-distribución de territorios;
-previsión acerca de incumplimiento contractual, formalidad a cumplir en caso de rescisión de contrato;
-las firmas deben encontrarse insertas en el documento, tener su aclaración y coincidir con las partes mencionadas en el encabezado del contrato, debiendo estar certificadas y legalizadas;
-si son personas jurídicas debe acreditarse la personería legal de quien firma el contrato. Siempre es conveniente que la acreditación de personería surja de la certificación de firma efectuada por el notario.

  • ¿Con qué países hay acuerdos para realizar las coproducciones?

Podés consultar los Convenios y Acuerdos Internacionales vigentes aquí.

  • Si no hay acuerdo con el país coproductor, ¿podés hacer una coproducción?

Sí, siempre que se trate de películas, pero tiene que ser necesariamente con aporte técnico artístico y financiero efectivo. Podés ver el artículo 11 del Anexo I de la Resolución INCAA 01-E/2017

  • ¿Cuándo podés presentar el pedido de reconocimiento de coproducción de un proyecto?

El pedido de reconocimiento de coproducción se debe hacer SIEMPRE previo al inicio de rodaje del proyecto.

  • ¿Las coproducciones pueden ser sólo financieras?

Depende cuál sea el Convenio marco. Actualmente es posible realizar coproducciones financieras con Alemania, España y los países que integran el Protocolo de Enmienda al Acuerdo Iberoamericano.

  • ¿Necesitás algún documento previo a la Resolución de Reconocimiento de Coproducción del Proyecto?

Podés pedir el certificado de coproducción en trámite a través de INCAA en Línea o por el hito

  • ¿Podés presentar la documentación por otra vía que no sea a través de INCAA en Línea?

No, toda la documentación se presenta a través de la plataforma INCAA en Línea.

  • ¿Querés rescindir el contrato que firmaste con los coproductores?

En ese caso, debés informar al INCAA ni bien ocurra, y proceder de acuerdo a lo establecido en el contrato firmado. En caso de no estar consignada la posibilidad de rescisión en el contrato, debés presentar la rescisión firmada por las partes, certificada y legalizada.

  • ¿Necesitas incorporar o desvincular a una parte?

Tanto para incorporar como para desvincular a una de las partes, es necesario que presentes una adenda al contrato de coproducción. La incorporación o cesión de derechos puede estar prevista en el contrato presentado originalmente, y la misma debe estar firmada, certificada y legalizada por todas las partes, debiendo cumplir con los requisitos del acuerdo marco elegido en cuanto a porcentajes y aportes técnico-artísticos.

Deberás realizarlo por medio de la plataforma INCAA en Línea por el hito “Solicitud de pedido de trámite, incorporación y/o modificación del Formulario de Reconocimiento de Coproducción internacional”

Si tenés alguna consulta y/o impedimento para poder cumplir con algún requisito, como consecuencia de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19, podés comunicarte al correo de coproducciones@incaa.gov.ar